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DECRETO 1421​​

Decreto por el cual se establece en el marco de la educación inclusiva la atención a la atención educativa en lo que respecta con la población con discapacidad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley y que por ende recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismo derechos, libertades y oportunidades sin ningún tipo de discriminación ya sea por sexo, raza, etnia, religión, lengua opinión política o filosófica y situación de desplazamiento. 

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Presenta principios como acceso, permanencia y calidad para que los estudiantes puedan transitar desde preescolar hasta una educación superior. El decreto presenta aspectos claves como:  como condiciones para el acceso sin barreras, la permanecía  y procesos educativas de calidad para comunidad educativa; una oferta educativa pertinente, herramientas pedagógicas e institucionales, corresponsabilidad de actores (colegios, rectores, docentes, familias) y un plan progresivo de implementación.

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DOCENTE DE APOYO PEDAGÓGICO

CHRISTIAN ROJAS JIMÉNEZ

311 3420924

Los estudiantes son personas antes que un conjunto de patologías y dificultades de aprendizaje; a las clases asiste un niño o joven con un nombre y apellido, él no es TDAH, ni un síndrome de Down, un sorda…Él es un ser humano con sus potencialidades y aspectos a mejorar, que posee el derecho de ser aceptado, respetado y valorado desde su dignidad humana”        Marta Rico.
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